28 mar. 2024
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Corte, medios concentrados y tarifas, una trama de intereses ocultos



El costo de celulares, internet y TV por cable en octubre duplicó el IPC. Influencia de las decisiones judiciales en la economía y en el conglomerado mediático.



El dato de inflación de octubre mostró como ningún otro el impacto de las decisiones judiciales, esas que, en general, los medios presentan como meras discusiones palaciegas alejadas del interés de la gente de a pie. El aumento del rubro “Comunicación” arrojó la friolera de 12,1%, casi el doble del incremento general de 6,3%.


¿Cómo se llega a una situación de este calibre? La decisión del entonces presidente Mauricio Macri de designar por decreto en 2015 dos nuevos jueces de la Corte Suprema, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, que finalmente fueron ratificados por el Senado en junio de 2016, marca una suerte de origen. Los reparos en aquel momento remitieron, sobre todo, a que el primero de los jueces había tenido entre sus clientes a Telecom (Grupo Clarín). La gestión de ambos al frente de la máxima magistratura comenzó rápidamente a corroborar el conflicto de intereses notorio: en 2018, la Corte rechazó suspender la fusión de Cablevisión y Telecom. El pedido había sido formulado por el Observatorio de la Riqueza “Padre Arrupe” que, con un informe de 200 páginas, solicitaba una “demanda declarativa de inconstitucionalidad”.


En marzo de 2020 Argentina empezaba a sufrir como otros países del mundo las consecuencias de la pandemia de coronavirus. Con buen tino, el Gobierno dispuso en septiembre a través del Decreto 690 que el Estado intervendría en la regulación de las tarifas de internet, cable y telefonía móvil catalogándolos como servicio público. Rápidamente, en febrero de 2021, a raíz de una medida cautelar presentada por la empresa cordobesa de cable TV Color S.A., el Juzgado Federal de Córdoba Nº 1 decidió suspender el Decreto 690/2020. Si bien el fallo reguló sobre un caso particular fue usado como antecedente por las grandes empresas del sector para resistir la medida oficial.


En junio de 2021, la Sala II de la Cámara Contencioso Administrativo Federal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó un recurso extraordinario presentado por el Gobierno con el fin de que el asunto recayera en la Corte Suprema. Además, le otorgó a Telecentro y DIRECTV la misma cautelar que anteriormente había beneficiado a Telecom. Ese mismo mes, Clarín presentaba en la Corte un recurso para dejar sin efecto el decreto 690. En octubre de 2021, Rosenkrantz le comunicó al resto de los integrantes del máximo tribunal que dejaba de excusarse para intervenir en la demanda que su ¿ex? cliente Clarín había presentado. “Si bien en autos está involucrada una parte a la que el estudio jurídico al que pertenecí brindó algún tipo de asistencia legal mientras fui integrante de dicho estudio, no se configura ninguna causal de excusación", consideró el juez.


En febrero de 2022, la Corte Suprema convalidó una estafa millonaria del Grupo Clarín a la ANSES al dejar firme un fallo judicial que le impide al Estado controlar la fusión de Cablevisión y Telecom. Se trata de una causa donde desde 2018 el holding que comanda Héctor Magnetto evita hacer la Oferta Pública de Acciones (OPA) obligatoria en casos de fusión, que significa ofrecerles a quienes tienen acciones de las empresas involucradas comprarles sus tenencias ante el cambio de conducción de la compañía. La ANSES tiene participación accionaria en Telecom y Cablevisión. Cuando se fusionaron, en 2018, ofrecieron pagarle 110 pesos la acción cuando ya valían $145. Por entonces, implicó una diferencia de precios de $8.400 millones. La Comisión Nacional de Valores (CNV) objetó la maniobra, pero Clarín consiguió dos cosas: que le adecuaran la legislación que obligaba a hacer la OPA a medida y una seria de medidas cautelares para que el Estado no pudiera intervenir.


Antes de que se conociera este martes el IPC de octubre, el Grupo Clarín obtuvo dos nuevos fallos que lo favorecieron y le permitieron mantener sus tarifas de celulares, cable e internet fuera de los límites que fija el Estado. El máximo tribunal desestimó dos recursos de queja presentados por el Estado Nacional porque no eran contra una sentencia definitiva sino contra una cautelar.


Según reveló el portal El Destape, al poner su firma en estos dos fallos, Rosenkrantz “alcanzó 58 causas en las que interviene pese a que se trata de exclientes”. Aun si hubiera votado en contra de sus intereses, la acción de Rosenkrantz viola el Código Procesal que en su artículo 17 establece como causal de recusación “haber sido el juez defensor de alguno de los litigantes” y el artículo 30 dice que “todo juez que se hallare comprendido en alguna de las causas de recusación mencionadas en el artículo 17 deberá excusarse”.


Estos antecedentes desembocan indiscutiblemente en el aumento de tarifas de comunicación del 12,1%. Se construyó un anillo de sentido y de práctica política entre medios concentrados y Poder Judicial con tres pasos. Primero, el ingreso al máximo tribunal de jueces que defendieron intereses de los medios privados. En segundo lugar, ese tribunal avala la presentación de cautelares que le permiten a las empresas seguir aumentando tarifas en el medio de la peor pandemia de los últimos 100 años. Finalmente, esos mismos medios concentrados construyen sentido respecto de esos fallos, invisibilizando su relación con las tarifas, y poniendo el acento en que el rubro que más traccionó la inflación fue “ropa y calzados” o que la causa de la inflación es el déficit fiscal y el gasto público.


Fuente: letrap.com.ar



Por Diego Vesciunas y Pablo Hernández

16 nov. 2022, by: FM 98.3

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